Las vacaciones son un derecho y una obligación de los trabajadores pero por diferentes razones, a veces, estos prefieren voluntariamente no disfrutarlas. ¿Qué ocurre en estos casos? ¿Cómo debe responder la empresa? ¿Cuáles son las opciones del trabajador? ¿Se pueden calcular las vacaciones no disfrutadas para cobrarlas? ¿Existen software específicos para el control de vacaciones que ayuden en este sentido? Sigue leyendo y te lo explicamos.
Lo cierto es que el derecho a las vacaciones está recogido por el Estatuto de los trabajadores y el número de días a disfrutar ha constar en el contrato de cada trabajador. El mínimo son 30 días naturales al año, es decir, 2,5 por mes trabajado. Sin embargo, el convenio colectivo al que se acoge la empresa puede mejorar esta cifra significativamente.
Sin embargo, los días de descanso remunerados son un derecho y una obligación. Esto significa que el empleado debe disfrutarlos en su totalidad y no puede renunciar a ellos ni intercambiarlos por dinero. Sin embargo, existe en algunas excepciones en las que será necesario saber cómo calcular los días de vacaciones que le corresponden al trabajador para poder cobrarlas.
¿Qué dice el Estatuto de los trabajadores?
Cuando surgen dudas de este tipo, lo mejor es consultar el Estatuto de los trabajadores ya que es la ley que regula el derecho laboral en España. Sobre este tema habla el artículo 38 del capítulo I y dice:
“1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.”
En resumen:
- Las vacaciones son un derecho irrenunciable y han de ser disfrutadas en su totalidad.
- Su duración será de, al menos, 30 días naturales al año aunque algunos convenios colectivos pueden ampliar la cifra (nunca reducirla).
- A cada trabajador le corresponden 2,5 días naturales de vacaciones por cada mes trabajado.
¿Qué es el convenio colectivo?
Hemos dicho que los convenios colectivos tienen la capacidad de ampliar el número de días de vacaciones que puede disfrutar un empleado. Se trata, por tanto, de una norma jurídica que regula las condiciones de trabajo en un determinado ámbito territorial y sector profesional. Su principal característica es que se elabora de acuerdo entre los trabajadores y las empresas.
Es de obligado cumplimiento para ambas partes y en los contratos debe quedar claro a qué convenio colectivo se acoge la empresa (ya que no tiene que ser igual para todas). Así, el empleado podrá consultar cuáles son sus condiciones específicas y si, por ejemplo, puede disfrutar de más días de vacaciones o no.
¿En qué casos se pueden pagar las vacaciones no disfrutadas?
Queda claro, por tanto, que los días de descanso no se pueden intercambiar por dinero y el empleado está obligado a disfrutar de ellos. Sin embargo, existen tres excepciones en las que se deben de liquidar las vacaciones de los empleados. Son las siguientes:
1- Finalización de contrato
En el caso de que la relación laboral llegue a su término sin que el empleado haya disfrutado de sus vacaciones correspondientes, la empresa deberá pagarle la parte correspondiente. La compensación económica será proporcional a los días no disfrutados y se incluirá dentro del finiquito.
2- Contrato de ETT inferior a 1 año
El caso de los trabajadores ETT es un tanto particular. Éstos cobran por adelantado los días de vacaciones que le corresponden en previsión de que no lleguen a disfrutarlos. La única diferencia es que, en el caso de que finalmente dispongan de esos días libres, ya no los cobrarán porque ya lo habrán hecho previamente.
3- Jubilación
Si un trabajador se jubila tras una incapacidad laboral que le ha impedido disfrutar de sus vacaciones, tendrá derecho a cobrar los días no aprovechados. Si, en cambio, este no ha pasado por una enfermedad deberá reclamar estos días de descanso pero no podrá en ningún caso cobrarlos.
Fórmula para el cálculo y el pago de vacaciones no disfrutadas
Si se dan algunos de los casos anteriormente mencionados, será necesario hacer el cálculo de las vacaciones no disfrutadas y traducirlo a una cantidad económica. Sigue leyendo porque te contamos como calcular y pagar las vacaciones no disfrutadas.
Lo primero es saber cuál es el sueldo mensual del empleado en el que se incluye el salario base, complementos y un prorrateo de las pagas extraordinarias. Una vez lo tengas, lo divides entre 30 para averiguar el salario diario.
Después, deberás hacer una regla de tres con los días de vacaciones no disfrutados y dividirlo entre 360 para obtener los días de vacaciones que corresponden por año trabajado. Por último, deberás multiplicar el resultado por el salario de cada día trabajado. De este modo, sabrás el cálculo del pago de vacaciones no disfrutadas.
Vamos a verlo de forma más práctica con el siguiente ejemplo:
Salario | 1.000 €/mes |
Dos pagas extraordinarias | (1.000 x 2)/12= 166,66 €/mes |
Salario mensual | 1.000 + 166,66= 1.166,66 €/mes |
Salario diario | 1.166,66 / 30= 38,88 €/mes |
Supongamos que el trabajador llevaba 9 meses en la empresa y no ha disfrutado de ningún día de vacaciones. Por lo tanto acumula 270 días trabajados.
Para saber cuántos días de vacaciones le corresponden hay que hacer una regla de tres. Es decir, si en 360 jornadas de trabajo (se considera que un mes son 30 días) le corresponden 30 días de vacaciones, ¿cuántos le corresponderán en 270 días?
La fórmula sería: (270 x 30) / 360= 22,5 días de vacaciones no disfrutados.
Para obtener la cifra final solo tenemos que multiplicar los días de vacaciones que le corresponden por su salario diario. Es decir: 22,5 x 38,88 = 874,80€.
En este ejemplo, por tanto, el trabajador debería cobrar 874,80€ por los días de vacaciones que le corresponden pero que no ha disfrutado.
¿Cuándo se cobran los días de vacaciones no disfrutadas?
El finiquito es la cantidad que cobra el empleado cuando el empresario pone fin a la relación laboral. Este incluye los conceptos que estuvieran pendientes como, por ejemplo, los días de vacaciones no disfrutados. Será en este momento, y no antes, cuando el trabajador recibirá la cantidad económica que le corresponda en cada caso.
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La gestión y el cálculo de vacaciones no disfrutadas es una de las principales tareas del departamento de Recursos Humanos pero, al mismo tiempo, es una de las más tediosas. Utilizar un software de recursos humanos como el de Kenjo, no solo agiliza el proceso sino que además ahorra mucho tiempo de trabajo a la hora de organizar las vacaciones de los empleados.
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